Traducciones certificadas y juradas

Sus documentos — traducidos y certificados

Traducciones de documentos personales y oficiales — con certificación ATA, juradas para España o preparadas para uso estándar.

Actas de nacimiento, trámites de inmigración ante USCIS, expedientes académicos y más — con exactitud, confidencialidad y rapidez.

Servicio urgente disponible — 24 horas o menos
Qué traducimos

Documentos personales y oficiales

  • Actas de nacimiento, matrimonio y defunción
  • Expedientes académicos y diplomas
  • Documentos de inmigración y USCIS
  • Certificados de antecedentes penales
  • Pasaportes y documentos de identidad
  • Sentencias de divorcio y documentos judiciales
  • Expedientes médicos
  • Estados de cuenta y documentos financieros

Certificadas para ser aceptadas por USCIS, universidades y tribunales.

Traducciones certificadas

Traducciones con certificación ATA, aceptadas donde importa

Las traducciones certificadas incluyen un Certificado de Exactitud firmado y, cuando corresponde, el sello de certificación de la ATA.

Se usan habitualmente para trámites ante USCIS, tarjetas de residencia (green card), visas, admisiones escolares, universidades, tribunales, agencias de evaluación de credenciales y otras instituciones.

Entre los encargos más comunes están las actas de nacimiento y matrimonio, los expedientes académicos, los documentos de inmigración y otros registros personales. La exactitud, el formato y la presentación se manejan con cuidado.

Para uso en España

Traducciones juradas para España

España exige una traducción jurada para la mayoría de los documentos oficiales extranjeros. Una traducción jurada lleva un sello y una firma oficiales que le otorgan validez legal en toda España.

Nuestro equipo incluye traductores jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (MAEC), por lo que podemos entregar traducciones juradas aceptadas para:

  • Visados de estudios y de trabajo
  • Residencia
  • Nacionalidad española
  • Homologación de títulos académicos
  • Trámites notariales y del Registro Civil
  • Certificados de matrimonio, nacimiento y antecedentes penales
Cómo funciona

Simple, seguro y rápido

  • Suba sus documentos y díganos dónde se usarán.
  • Le enviamos una cotización y un plazo de entrega.
  • Traducimos y certificamos —o juramos— sus documentos.
  • Recibe una entrega digital segura — con copias impresas u orientación sobre la apostilla si las necesita.

¿Lo necesita pronto? Hay opciones urgentes disponibles en 24 horas o menos.

Preguntas

Preguntas frecuentes

¿USCIS aceptará sus traducciones certificadas?

Sí. Cada traducción certificada incluye un Certificado de Exactitud firmado que cumple los requisitos de USCIS: una traducción completa al inglés, palabra por palabra, con una certificación de la competencia del traductor.

USCIS no mantiene una lista de traductores aprobados — lo que importa es que la traducción esté completa y debidamente certificada. Las nuestras las prepara un traductor certificado por la ATA, la credencial profesional más sólida que existe para este trabajo.

¿Cuál es la diferencia entre una traducción certificada y una traducción jurada?

Una traducción certificada se usa en Estados Unidos e incluye un Certificado de Exactitud firmado. Una traducción jurada es la que España exige para la mayoría de los documentos oficiales extranjeros y debe prepararla un traductor nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (MAEC). Lleva un sello y una firma oficiales que le otorgan validez legal en toda España.

Ofrecemos ambas. Si no sabe cuál necesita, elija «No estoy seguro — ayúdenme a elegir» en el formulario de abajo y le orientaremos.

¿Puedo traducir mis propios documentos para USCIS?

Técnicamente, USCIS lo permite si usted domina ambos idiomas. En la práctica, los oficiales pueden cuestionar cualquier traducción donde exista un conflicto de interés — y una traducción cuestionada puede significar una Solicitud de Evidencia (RFE) que retrase su caso semanas o meses. Una traducción certificada independiente elimina ese riesgo.

¿Qué tan rápido pueden entregar?

La mayoría de los documentos personales de una sola pieza — un acta de nacimiento, un acta de matrimonio — pueden entregarse en 24 horas con servicio urgente, y a veces el mismo día. El plazo estándar suele ser de dos a tres días hábiles. Su cotización incluirá un plazo de entrega comprometido.

¿Traducen sellos, timbres y notas manuscritas?

Sí. Una traducción certificada debe ser completa: cada palabra, sello, timbre, firma y anotación del original queda representada, y el formato refleja el del original para que los revisores puedan comparar ambos lado a lado.

¿Recibiré una copia digital o una copia impresa?

La entrega digital segura (PDF) es lo estándar y la acepta la mayoría de las instituciones, incluido USCIS. Hay copias impresas con firma original disponibles por correo postal cuando la institución receptora las exige.

Para España, las traducciones juradas con firma digital cualificada se aceptan desde que el MAEC las autorizó en 2020 — pero cuando un trámite exige la legalización o la apostilla sobre la propia traducción, todavía se necesita un original en papel. Confirmaremos qué exige su institución receptora.

¿Necesito una apostilla?

A veces. La apostilla autentica el documento original — es un paso independiente de la traducción, emitido por una autoridad gubernamental, no por un traductor. Muchos trámites en España exigen que el original esté apostillado antes de traducirse, para que la traducción jurada incluya la apostilla.

Díganos dónde se usará su documento y le indicaremos el orden correcto de los pasos.

Recepción confidencial

Solicite una cotización

Cuéntenos qué necesita y suba sus documentos para recibir una cotización confidencial y sin compromiso.

Si no sabe qué tipo de traducción necesita, elija «No estoy seguro — ayúdenme a elegir» y le orientaremos.

Opcional, pero útil si la entidad receptora tiene requisitos específicos.

Si no está seguro, seleccione «No estoy seguro — ayúdenme a elegir».

Suba la versión más clara que tenga. Es preferible un PDF digital o el archivo original cuando lo tenga. Si el documento es físico, basta con un escaneo nítido o una foto bien iluminada. Asegúrese de que todo el texto, los sellos, los timbres, las firmas y los bordes de las páginas sean visibles. Archivos aceptados: PDF, JPG, JPEG, PNG, DOC, DOCX. Tamaño máximo por archivo: 500 MB.